El Presidente de la Legislatura, Diego Santilli convoca a la siguiente Audiencia Pública:

FECHA: 25 de noviembre de 2020
 

LUGAR: Audiencia Pública Virtual - www.legislatura.gov.ar - Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Según Ley Nº 6.306 que
ha establecido modi caciones e incorporaciones a la Ley N° 6).

15:00 horas

Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren pertinentes con relación a la Ley Inicial publicada en el BOCBA N° 5974 del 9 de octubre de 2020 referente al Expte. 2164-J-2020 por la cual Artículo 1º.- Apruébase el “Convenio suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, KILOMETROS S.A. Y ARKINVER S.A.”, suscripto con fecha 15 de septiembre de 2020, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ley. Art. 2°.- Los fondos que reciba la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de conformidad con lo previsto en la Cláusula Primera del Convenio Urbanístico que se aprueba mediante la presente Ley, deberán destinarse para solventar los gastos erogados como consecuencia de la Emergencia Sanitaria establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/2020 (rati cado por Resolución de la Legislatura N° 10- 2020, aprobada el 7/4/2020) y sus prórrogas, con motivo del coronavirus (COVID 19) y de la Emergencia Económica y Financiera declarada por la Ley 6301, como así también aquellos gastos remanentes que queden pendientes de abonarse con motivo de la citada emergencia. Art. 3°. -Desaféctase la Manzana 69B, Sección 23, Circunscripción 17 de las condiciones de edi cabilidad del artículo 6.2.5. Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B.2) del Título 6 “Normas de Edi cabilidad” y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo A2 contenida en los artículos 3.2.5. y 3.2.6. del Título 3 “Normas de uso del suelo”, del Código Urbanístico (Ley 6099). Art. 4°.- Aféctase la Manzana 69B, Sección 23,
Circunscripción 17 a Área de Urbanización Parque (UP), en los términos del artículo 7.2.4 de la Ley 6099 “Código Urbanístico” y modifíquese la Plancheta 7 del Anexo IV “Planchetas de Edi cabilidad y Usos” del Código Urbanístico (Ley 6099). Art. 5º.-Sustitúyese el artículo 5.7.76. U83 Sastrería Militar del punto 5.7 Urbanizaciones Determinadas Específicas del Título 5 Urbanizaciones Determinadas (U) del Anexo II “Áreas especiales individualizadas” del Código Urbanístico (Ley 6099), por el texto que como Anexo II forma parte de la presente Ley. Art. 6º.- Incorpóranse el Plano N° 5.7.76 y el Plano Nº 5.7.76 a) U83 Sastrería Militar al Anexo III “Atlas” del Código Urbanístico (Ley 6099), respectivamente, de acuerdo con el Anexo III y el Anexo IV que forman parte de la presente Ley. (Ver Anexos de la Ley Inicial en el BOCBA N° 5974 del 9 de octubre de 2020 https://documentosboletino cial.buenosaires.gob.ar/publico/ PL-LEYINICIAL-LCABA-LCABA-2164-20-ANX-1.pdf referente al Expte. 2164-J-2020).

Nota: El objeto del presente Convenio consiste en: (i) la transferencia de la propiedad de la Parcela II a favor del GCBA, libre de ocupantes, deudas y/o gravámenes con destino a la configuración de espacio verde público, parquizado y de acceso libre, (ii) la ejecución de las obras que demande el desarrollo de dicho espacio público a cargo de los Propietarios, (iii) el pago por parte de los Propietarios a favor del GCBA e la suma de dos millones quinientos mil dólares estadounidenses (U$S2.500.00) que se destinarán a solventar los gastos erogados como consecuencia de la Emergencia Sanitaria establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/2020 prorrogada por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8/2020 y 12/20, con motivo del coronavirus (COVID-19), en el marco de la Emergencia Económica y Financiera declarada por la ley N°6.301, como así también aquellos gastos remanentes con motivo de la citada emergencia y (iv) la modificación de la normativa urbanística por parte de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de la Parcela I conforme los términos del ANEXO I (U 83 “Sastrería Militar” delimitada por las calles Clay, Dorrego, Báez y el deslinde con el Campo Argentino de Polo), que forma parte integrante del presente; y de la Parcela II a zonificación Urbanización Parque (UP).

Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: : 27/10/2020
 

Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 19/11/2020 a las 15:00 hs.

Inscripción de Participantes: La Audiencia se realizará mediante la cual accederán las personas que se inscriban previamente en el sitio web www.legislatura.gov.ar. Es de estricto cumplimiento acreditar identidad con DNI, LC o LE el día de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas deberán hacerlo únicamente a través de sus representantes legales acreditando personería jurídica mediante el mail dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar y llamando a la Dirección General de Gestión Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al teléfono (011) 4338-3151 de 10 a 18 hs.

Público en General: Las Audiencias serán transmitidas en vivo a través del canal de la Legislatura de la plataforma www.youtube.com / https://www.youtube.com/user/LegislaturaCABA.

Aquellos ciudadanos que no cuenten con accesos virtuales para intervenir de dicho modo, deberán comunicarse con la Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana al teléfono (011) 4338-3151 de 10 a 18 hs. o vía correo electrónico a dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar a los efectos de facilitar su participación mediante los medios que se dispondrán en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sita en Perú Nº 160, garantizando el cumplimiento de las medidas sanitarias correspondientes.
 

Vista completa de la Ley Inicial y de los Expedientes: Mediante el sitio web www.legislatura.gov.ar. Informes: mediante el mail dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar o llamando a Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al teléfono (011) 4338-3151 de 10 a 18 hs.
 

Autoridades de la Audiencia: El Presidente de la Legislatura, o quien se designe conforme lo dispone el Art. 11° de la Ley Nº 6 (texto consolidado por Ley N° 6.017).


Foro de Baires / Comuna 14

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