El Presidente de la Legislatura, Diego Santilli convoca a la siguiente Audiencia
Pública:
FECHA: 25 de noviembre de 2020
LUGAR: Audiencia Pública Virtual - www.legislatura.gov.ar - Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Según Ley Nº 6.306 que
Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que
consideren pertinentes con relación a la Ley Inicial publicada en el BOCBA N°
5974 del 9 de octubre de 2020 referente al Expte. 2164-J-2020 por la cual
Artículo 1º.- Apruébase el “Convenio suscripto entre el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, KILOMETROS S.A. Y ARKINVER S.A.”, suscripto con fecha
15 de septiembre de 2020, que como Anexo I forma parte integrante de la presente
Ley. Art. 2°.- Los fondos que reciba la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de
conformidad con lo previsto en la Cláusula Primera del Convenio Urbanístico que
se aprueba mediante la presente Ley, deberán destinarse para solventar los
gastos erogados como consecuencia de la Emergencia Sanitaria establecida por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/2020 (rati cado por Resolución de la
Legislatura N° 10- 2020, aprobada el 7/4/2020) y sus prórrogas, con motivo del
coronavirus (COVID 19) y de la Emergencia Económica y Financiera declarada por
la Ley 6301, como así también aquellos gastos remanentes que queden pendientes
de abonarse con motivo de la citada emergencia. Art. 3°. -Desaféctase la Manzana
69B, Sección 23, Circunscripción 17 de las condiciones de edi cabilidad del
artículo 6.2.5. Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B.2) del
Título 6 “Normas de Edi cabilidad” y del Área de Media Mixtura de Usos del Suelo
A2 contenida en los artículos 3.2.5. y 3.2.6. del Título 3 “Normas de uso del
suelo”, del Código Urbanístico (Ley 6099). Art. 4°.- Aféctase la Manzana 69B,
Sección 23,
Nota: El objeto del presente Convenio consiste en: (i) la transferencia de la
propiedad de la Parcela II a favor del GCBA, libre de ocupantes, deudas y/o
gravámenes con destino a la configuración de espacio verde público, parquizado y
de acceso libre, (ii) la ejecución de las obras que demande el desarrollo de
dicho espacio público a cargo de los Propietarios, (iii) el pago por parte de
los Propietarios a favor del GCBA e la suma de dos millones quinientos mil
dólares estadounidenses (U$S2.500.00) que se destinarán a solventar los gastos
erogados como consecuencia de la Emergencia Sanitaria establecida por el Decreto
de Necesidad y Urgencia N° 1/2020 prorrogada por los Decretos de Necesidad y
Urgencia Nros. 8/2020 y 12/20, con motivo del coronavirus (COVID-19), en el
marco de la Emergencia Económica y Financiera declarada por la ley N°6.301, como
así también aquellos gastos remanentes con motivo de la citada emergencia y (iv)
la modificación de la normativa urbanística por parte de la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de la Parcela I conforme los términos
del ANEXO I (U 83 “Sastrería Militar” delimitada por las calles Clay, Dorrego,
Báez y el deslinde con el Campo Argentino de Polo), que forma parte integrante
del presente; y de la Parcela II a zonificación Urbanización Parque (UP).
Apertura del Registro de Participantes de la Audiencia: : 27/10/2020
Cierre del Registro de Participantes de la Audiencia: 19/11/2020 a las
15:00 hs.
Inscripción de Participantes: La Audiencia se realizará mediante la cual
accederán las personas que se inscriban previamente en el sitio web
www.legislatura.gov.ar. Es de estricto cumplimiento acreditar identidad con DNI,
LC o LE el día de la Audiencia Pública. Las personas jurídicas deberán hacerlo
únicamente a través de sus representantes legales acreditando personería
jurídica mediante el mail dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar y llamando a la
Dirección General de Gestión Participación Ciudadana de la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires al teléfono (011) 4338-3151 de 10 a 18 hs.
Público en General: Las Audiencias serán transmitidas en vivo a través
del canal de la Legislatura de la plataforma www.youtube.com /
https://www.youtube.com/user/LegislaturaCABA.
Aquellos ciudadanos que no cuenten con accesos virtuales para intervenir
de dicho modo, deberán comunicarse con la Dirección General de Gestión y
Participación Ciudadana al teléfono (011) 4338-3151 de 10 a 18 hs. o vía correo
electrónico a dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar a los efectos de facilitar su
participación mediante los medios que se dispondrán en la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires sita en Perú Nº 160, garantizando el
cumplimiento de las medidas sanitarias correspondientes.
Vista completa de la Ley Inicial y de los Expedientes: Mediante el sitio
web www.legislatura.gov.ar. Informes: mediante el mail dg.gypciudadana@legislatura.gov.ar
o llamando a Dirección General de Gestión y Participación Ciudadana de la
Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al teléfono (011) 4338-3151 de
10 a 18 hs.
Autoridades de la Audiencia: El Presidente de la Legislatura, o quien se
designe conforme lo dispone el Art. 11° de la Ley Nº 6 (texto consolidado por
Ley N° 6.017). Foro de Baires / Comuna 14 |